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Borrador Estatutos del Partido 

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CAPÍTULO III

DE LA ESTRUCTURA PARTIDARIA

 

Título 1 Generalidades

 

Artículo 38: La base fundamental de la estructura orgánica partidaria la constituyen sus organismos regulares, siendo éstos: las Comunidades por el Socialismo (CPS), las Direcciones Territoriales (Comunales y Regionales), el Consejo Nacional y Ejecutivo, la Dirección Nacional de Libre Elección y la Comisión Política.

 

Artículo 39: Son órganos de dirección política, en los distintos niveles de su estructura orgánica, los siguientes: las Direcciones Territoriales (Comunales y Regionales), el Consejo Nacional y Ejecutivo, la Dirección Nacional de Libre Elección, la Comisión Política, y la Asamblea de Dirección Nacional. Esto, además del órgano supremo: el Congreso Nacional.

 

Artículo 40: Existirán instancias de coordinación en los diferentes niveles partidarios, Asambleas Comunales y Regionales, las que tendrán carácter informativo, consultivo, de discusión, pero no serán resolutivas, y serán convocadas por las instancias partidarias correspondientes.

 

Artículo 41: Los organismos regulares y de dirección del Partido, para el cumplimiento de sus funciones, podrán apoyarse en organismos auxiliares de trabajo creados a partir de la Dirección Nacional de Libre Elección. Se regirán por el marco de las decisiones que dictará el espacio mismo y sus instancias.

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