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Izquierda Cristiana de Chile
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Borrador Estatutos del Partido
Borrador Estatutos del Partido
CAPÍTULO III
DE LA ESTRUCTURA PARTIDARIA
Título III
Dirección Territorial Comunal
Artículo 56: En el sector geográfico de una comuna se agruparán las CPS, en número no inferior a 3, constituyendo la Dirección Territorial Comunal, dirigida por un Equipo de Conducción de al menos 5 militantes, que deberán tener una antigüedad en la organización de al menos 6 meses. La Dirección Nacional de Libre Elección puede autorizar a militantes destacados que no cumplan dicho requisito para formar parte de dicha dirección. Los miembros del Equipo durarán dos años en sus cargos, pudiendoser reelectos.
Artículo 57: Los cargos de la instancia Comunal son, al menos, los siguientes y en la prelación que se señala: un Secretario Político, un Secretario Orgánico, un Secretario de Formación Política, un Secretario de Movimientos Sociales, un Secretario de Comunicaciones y un Secretario de Finanzas.
Artículo 58: Son funciones del Equipo de Conducción Comunal:
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Reunirse en forma periódica.
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Aplicar y recrear la política del Partido.
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Planificar, desarrollar, dirigir y coordinar las tareas de las CPS.
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Estudiar y resolver todos los asuntos de la vida partidaria de su competencia.
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Cumplir y hacer cumplir las resoluciones y decisiones tomadas por las instancias partidarias.
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Crear nuevas CPS y dividir las existentes cuando se considere necesario para el buen desarrollo partidario.
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Velar por la unidad ideológica, política y orgánica del Partido, por la democracia y disciplina internas, y por la educación política de todos sus miembros.
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Mantener la fraternidad y ética socialista.
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Desarrollar una constante labor de agitación y propaganda en su territorio.
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Crear organismos auxiliares para el buen desempeño de sus funciones.
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Mantener y fortalecer los vínculos con los movimientos sociales existentes en su territorio.
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Rendir cuenta de sus actividades tanto a sus miembros como a los organismos inferiores y superiores correspondientes.
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Recaudar las cotizaciones de sus miembros, sean militantes o adherentes.
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Participar a través del Secretario Político en la Asamblea de Dirección Nacional, en caso que no exista una Dirección Territorial Regional.